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Cuando una fotomulta no es válida se debe a que no cumple con los requisitos de ley. Como, por ejemplo, cuando ésta no es notificada o posee algún error, e incluso cuando el conductor del vehículo no es identificado.
Así que, desde nuestro prisma consideramos que el tener en cuenta todas las condiciones que invalidan una fotomulta en Medellín es indispensable para todo conductor. Por lo que te invitamos a continuar leyendo para que sepas en qué casos es posible tumbar una fotomulta de manera legal.
Casos que invalidan la fotomulta
Dado que el sistema de vigilancia fotomulta está basado en el uso de reguladores de velocidad y cámaras, existen muchos factores que pueden invalidarlas como las que se nombran en breve:
Falta de identificación del conductor del vehículo
La corte suprema colombiana impone que los sistemas de fotomultas logren la identificación correcta del infractor de las normas de tránsito.
Esto se debe a que, a pesar que el fotocomparendo indique a la persona dueña del vehículo involucrado en la infracción, cabe la posibilidad de que este no sea el que haya cometido dicha falta. Por lo que, si la identificación es errada, la fotomulta es inválida.
Falta de registro de la cámara de detección en el Ministerio de transporte
Resulta indispensable que las cámaras que componen al sistema de vigilancia se encuentren correctamente registradas en el Ministerio de transporte. Debido a que este organismo autoriza el funcionamiento de estos dispositivos en el territorio colombiano por medio de una resolución.
De modo que, si existe una foto identificación de una persona cometiendo una infracción, pero el dispositivo no se encuentra en la resolución antes mencionada, la multa no es válida.
Notificación incorrecta o ausente de la fotomulta
Cuando una fotomulta no es válida también puede deberse a que la notificación de esta no fue correcta. Y es que, son diversos factores que pueden aseverar dicha condición, por ejemplo, el envío de esta fuera del plazo de tiempo establecido o que sea enviada a otro domicilio.
Del mismo modo, los mensajes de texto y los correos electrónicos enviados a terceras personas, también invalidan la notificación de la infracción. La forma adecuada sería que la persona involucrada reciba el fotocomparendo en el tiempo establecido y que sea correctamente firmada.
Falta de calibración de la cámara de vigilancia
Otra de forma en que se vea inválida una fotomulta es cuando la cámara involucrada en el comparendo no está en los registros de calibración en la secretaría de tránsito. Y es que, si la cámara no está calibrada o haya algo que respalde que sí, la persona puede apelar el fotocomparendo justificando que es una falla del dispositivo en cuestión.
Falta de señalización de la cámara de detección
Es necesario que estos sistemas de vigilancia posean una señalización que refleje la realización un control de velocidad en esa zona y que el conductor debe manejar a la velocidad permitida.
La falta de esta señalización, es una de las causas más comunes de cuando una fotomulta no es válida.
Caducidad de la fotodetección o prescripción de la misma
Esta falta tiene lugar cuando la infracción, por ejemplo, sucede a principios de año, pero el comparendo o la notificación a la persona involucrada llega seis meses después. De esta forma se puede decir que la fotodetección ha vencido el plazo estipulado por la ley y que por ende no aplica.
A su vez, esta prescribe cuando se inicia el proceso de cobro fuera del tiempo de ley. Es decir, cuando el mandamiento de pago de la fotodetección supera los tres años de haber realizado el comparendo.